Periódico ecuménico cubano - Miami, Florida, febrero de
2008
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El Padre Varela y la Esclavitud
Alfredo Romagosa
En 1808, Napoleón ocupó España e instaló a su hermano José
Bonaparte en el trono de este país. La resistencia española se
mantuvo en lucha contra este gobierno extranjero, logrando
recuperar a Madrid en 1810, y establecer un gobierno
constitucional en nombre del príncipe heredero español Fernando
VII, que estaba prisionero en Francia. En 1812, las Cortes
españolas les dieron representación a las colonias en esta
asamblea. Una de las propuestas presentadas a las Cortes en 1812
fue la de prohibir el tráfico de esclavos a las colonias
españolas. La propuesta fue derrotada por las gestiones de los
diputados cubanos y la intervención del entonces Gobernador de
Cuba, el Marqués de Someruelos.
Los ingleses
derrotaron a los franceses en España en 1814, con ayuda de las
guerrillas de la resistencia española, y Fernando VII tomó
posesión del trono. Este, sin embargo, repudió la constitución
y se estableció como rey absoluto, pero durante su reinado
(1814-1833) se mantuvo una lucha continua entre él y elementos
militares constitucionalistas. En 1817, como resultado de un
acuerdo entre España e Inglaterra, España se comprometió a
abolir el tráfico de esclavos en sus dominios a partir de 1820,
pero en la práctica, el contrabando de esclavos a Cuba se
mantuvo con impunidad.
Las fuerzas
militares constitucionalistas forzaron a Fernando VII a
restablecer el gobierno constitucional en 1820, y en 1822
fueron electos el sacerdote Félix Varela, Leonardo Santos Suárez
y Tomás Gener como diputados de Cuba a las Cortes. Estos
diputados fueron instruidos por las instituciones y los
intereses económicos de Cuba a defender la esclavitud, pero
ninguno de ellos lo hizo. Es más, Varela preparó una propuesta
pidiendo la abolición gradual de la esclavitud. El contenido de
esta propuesta causó fuertes criticas al conocerse en Cuba.
José Antonio Saco reporta que uno de los hombres más respetables
de la Habana comentó: “Al diputado de Cuba que pidiera la
abolición de la esclavitud en ella debería arrancársele la
lengua.”
En 1823, Fernando tomó de nuevo el poder absoluto con ayuda de
tropas francesas y disolvió las Cortes.
Varios de los diputados,
incluyendo Varela, firmaron un documento declarando a Fernando
incapaz de gobernar, y por esto fueron condenados a muerte.
Varela se refugió en Estados Unidos, donde residió el resto de
su vida, desempeñando su vocación sacerdotal, y llegando a ser
obispo en New York.
La propuesta de Varela sobre la esclavitud no llegó a ser
presentada a la asamblea antes de que ocurriera la disolución de
las Cortes, pero resulta
interesante ver los puntos esenciales de la propuesta:
1. Se declara libre “todo esclavo que hubiese servido quince
años continuados al amo a quien actualmente pertenece.” En esto
se considera que quince años de servicio son suficiente
remuneración a la inversión del amo. Se proponen también
fórmulas de ajuste para aquellos esclavos que han tenido varios
amos.
2. Los amos de las madres de niños nacidos después de la
publicación del decreto están obligados a mantenerlos y
cuidarlos hasta la edad de diez años, siendo recompensados por
el servicio de éstos hasta que cumplan veinte años.
3. Se establecerá en la capital de cada provincia una Junta
Filantrópica, “compuesta del jefe político que será el
Presidente, el Obispo o el superior eclesiástico, el
Intendente...,” y otros funcionarios y encargados. Esta junta
mantendrá la documentación de los esclavos y organizará el
proceso de liberación de acuerdo con las reglas anteriores y de
la posible compra de la libertad de los esclavos que todavía no
han cumplido los años de servicio requeridos por las reglas
anteriores.
4. Los fondos para la compra de la libertad de los esclavos que
todavía no han cumplido los años de servicio requeridos por las
reglas anteriores se obtendran de impuestos (de entre 1% y 3%) a
las aduanas y rentas municipales y eclesiales y de “donaciones
que hagan los amantes de la humanidad.” Los esclavos que han de
ser liberados se seleccionan por un proceso de lotería, limitado
por los fondos recogidos.
5. La Junta Filantrópica también ha de velar para que “los
nuevos libertos se dediquen a la agricultura, a las artes, al
servicio doméstico, o alguna ocupación útil.” Los libertos
tendrán que hacer constar sobre su ocupación a la junta o
pudieran ser encarcelados por un proceso judicial.
Varela nos ofrece en sus propias palabras un resumen de sus
objetivos:
“Dar la libertad a los esclavos de un modo que ni sus dueños
pierdan los capitales que emplearon en su compra, ni el pueblo
de la Habana sufra nuevos gravámenes, ni los libertos en las
primeras emociones que debe causarles su inesperada dicha,
quieran extenderse a más de lo que debe concedérseles, y por
último, auxiliando a la agricultura en cuanto sea posible para
que no sufra, o sufra menos atrasos por la carencia de
esclavos.”
Desafortunadamente, el padre Varela estaba adelantado a sus
tiempos. En 1837 se abolió la esclavitud en la España
metropolitana, pero en Cuba no se abolió hasta el 1880, después
de la Guerra de los Diez Años.
Bibliografía:
-
José Antonio Saco, Historia de la Esclavitud (La
Habana: Cultural, S. A., 1938).
-
Manuel Maza Miquel, S.J., Por la Vida y el Honor- El
Presbítero Félix Varela en las Cortes de España, (Santo
Domingo, R.D.: Instituto Pedro Francisco Bonó, 2000).
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