Periódico ecuménico cubano - Miami, Florida, Julio de
2007
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Carta del
Santo Padre Benedicto XVI a los obispos que acompaña la Carta
Apostólica “Motu Proprio Data” Summorum Pontificum sobre el uso
de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970
Con gran
confianza y esperanza pongo en vuestras manos de Pastores el
texto de una nueva Carta Apostólica “Motu Proprio data” sobre el
uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en
1970. El documento es fruto de largas reflexiones, múltiples
consultas y de oración.
Noticias y
juicios hechos sin información suficiente han creado no poca
confusión. Se han dado reacciones muy divergentes, que van desde
una aceptación con alegría a una oposición dura, a un proyecto
cuyo contenido en realidad no se conocía.
A este
documento se contraponían más directamente dos temores, que
quisiera afrontar un poco más de cerca en esta carta.
En primer
lugar existe el temor de que se menoscabe la Autoridad del
Concilio Vaticano II y de que una de sus decisiones esenciales –
la reforma litúrgica – se ponga en duda. Este temor es
infundado. Al respecto, es necesario afirmar en primer lugar que
el Misal, publicado por Pablo VI y reeditado después en dos
ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente es y permanece
la Forma normal – la Forma ordinaria – de la Liturgia
Eucarística. La última redacción del Missale Romanum,
anterior al Concilio, que fue publicada con la autoridad del
Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá,
en cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la
Celebración litúrgica. Non es apropiado hablar de estas dos
redacciones del Misal Romano como si fueran “dos Ritos”. Se
trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.
Por lo que
se refiere al uso del Misal de 1962, como Forma
extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera llamar la
atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca
jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha
quedado siempre permitido. En el momento de la introducción del
nuevo Misal, no pareció necesario emitir normas propias para el
posible uso del Misal anterior. Probablemente se supuso que se
trataría de pocos casos singulares que podrían resolverse, caso
por caso, en cada lugar. Después, en cambio, se demostró pronto
que no pocos permanecían fuertemente ligados a este uso del Rito
romano que, desde la infancia, se les había hecho familiar. Esto
sucedió, sobre todo, en los Países en los que el movimiento
litúrgico había dado a muchas personas una notable formación
litúrgica y una profunda e íntima familiaridad con la Forma
anterior de la Celebración litúrgica. Todos sabemos que, en el
movimiento guiado por el Arzobispo Lefebvre, la fidelidad al
Misal antiguo llegó a ser un signo distintivo externo; pero las
razones de la ruptura que de aquí nacía se encontraban más en
profundidad. Muchas personas que aceptaban claramente el
carácter vinculante del Concilio Vaticano II y que eran fieles
al Papa y a los Obispos, deseaban no obstante reencontrar la
forma, querida para ellos, de la sagrada Liturgia. Esto sucedió
sobre todo porque en muchos lugares no se celebraba de una
manera fiel a las prescripciones del nuevo Misal, sino que éste
llegó a entenderse como una autorización e incluso como una
obligación a la creatividad, lo cual llevó a menudo a
deformaciones de la Liturgia al límite de lo soportable. Hablo
por experiencia porque he vivido también yo aquel periodo con
todas sus expectativas y confusiones. Y he visto hasta qué punto
han sido profundamente heridas por las deformaciones arbitrarias
de la Liturgia personas que estaban totalmente radicadas en la
fe de la Iglesia.
El Papa
Juan Pablo II se vio por tanto obligado a ofrecer con el Motu
Proprio “Ecclesia
Dei” del 2 de julio de 1988, un cuadro normativo
para el uso del Misal de 1962, pero que no contenía
prescripciones detalladas sino que apelaba, en modo más general,
a la generosidad de los Obispos respecto a las “justas
aspiraciones” de aquellos fieles que pedían este uso del Rito
romano. En aquel momento el Papa quería ayudar de este modo
sobre todo a la Fraternidad San Pío X a reencontrar la plena
unidad con el Sucesor de Pedro, intentando curar una herida que
era sentida cada vez con más dolor. Por desgracia esta
reconciliación hasta ahora no se ha logrado; sin embargo una
serie de comunidades han utilizado con gratitud las
posibilidades de este Motu Proprio. Permanece difícil, en
cambio, la cuestión del uso del Misal de 1962 fuera de estos
grupos, para los cuales faltaban normas jurídicas precisas,
sobre todo porque a menudo los Obispos en estos casos temían que
la autoridad del Concilio fuera puesta en duda. Enseguida
después del Concilio Vaticano II se podía suponer que la
petición del uso del Misal de 1962 se limitaría a la generación
más anciana que había crecido con él, pero desde entonces se ha
visto claramente que también personas jóvenes descubren esta
forma litúrgica, se sienten atraídos por ella y encuentran en la
misma una forma, particularmente adecuada para ellos, de
encuentro con el Misterio de la Santísima Eucaristía. Así ha
surgido la necesidad de un reglamento jurídico más claro que, en
tiempos del Motu Proprio de 1988 no era previsible; estas Normas
pretenden también liberar a los Obispos de tener que valorar
siempre de nuevo cómo responder a las diversas situaciones.
En segundo
lugar, en las discusiones sobre el esperado Motu Proprio, se
expresó el temor de que una más amplia posibilidad de uso del
Misal de 1962 podría llevar a desórdenes e incluso a divisiones
en las comunidades parroquiales. Tampoco este temor me parece
realmente fundado. El uso del Misal antiguo presupone un cierto
nivel de formación litúrgica y un acceso a la lengua latina;
tanto uno como otro no se encuentran tan a menudo. Ya con estos
presupuestos concretos se ve claramente que el nuevo Misal
permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria del Rito Romano, no
sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que
se encuentran las comunidades de fieles.
Es verdad
que no faltan exageraciones y algunas veces aspectos sociales
indebidamente vinculados a la actitud de los fieles que siguen
la antigua tradición litúrgica latina. Vuestra caridad y
prudencia pastoral serán estímulo y guía para un
perfeccionamiento. Por lo demás, las dos Formas del uso del Rito
romano pueden enriquecerse mutuamente: en el Misal antiguo se
podrán y deberán inserir nuevos santos y algunos de los nuevos
prefacios. La Comisión “Ecclesia Dei”, en contacto con los
diversos entes locales dedicados al usus antiquior,
estudiará las posibilidades prácticas. En la celebración de la
Misa según el Misal de Pablo VI se podrá manifestar, en un modo
más intenso de cuanto se ha hecho a menudo hasta ahora, aquella
sacralidad que atrae a muchos hacia el uso antiguo. La garantía
más segura para que el Misal de Pablo VI pueda unir a las
comunidades parroquiales y sea amado por ellas consiste en
celebrar con gran reverencia de acuerdo con las prescripciones;
esto hace visible la riqueza espiritual y la profundidad
teológica de este Misal.
De este
modo he llegado a la razón positiva que me ha motivado a poner
al día mediante este Motu Proprio el de 1988. Se trata de llegar
a una reconciliación interna en el seno de la Iglesia. Mirando
al pasado, a las divisiones que a lo largo de los siglos han
desgarrado el Cuerpo de Cristo, se tiene continuamente la
impresión de que en momentos críticos en los que la división
estaba naciendo, no se ha hecho lo suficiente por parte de los
responsables de la Iglesia para conservar o conquistar la
reconciliación y la unidad; se tiene la impresión de que las
omisiones de la Iglesia han tenido su parte de culpa en el hecho
de que estas divisiones hayan podido consolidarse. Esta mirada
al pasado nos impone hoy una obligación: hacer todos los
esfuerzos para que a todos aquellos que tienen verdaderamente el
deseo de la unidad se les haga posible permanecer en esta unidad
o reencontrarla de nuevo. Me viene a la mente una frase de la
segunda carta a los Corintios donde Pablo escribe: “Corintios,
os hemos hablado con toda franqueza; nuestro corazón se ha
abierto de par en par. No está cerrado nuestro corazón para
vosotros; los vuestros sí que lo están para nosotros.
Correspondednos; ... abríos también vosotros” (2 Cor
6,11-13). Pablo lo dice ciertamente en otro contexto, pero su
invitación puede y debe tocarnos a nosotros, justamente en este
tema. Abramos generosamente nuestro corazón y dejemos entrar
todo a lo que la fe misma ofrece espacio.
No hay
ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale
Romanum. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y
progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones
anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado
y grande y no puede ser improvisamente totalmente prohibido o
incluso perjudicial. Nos hace bien a todos conservar las
riquezas que han crecido en la fe y en la oración de la Iglesia
y de darles el justo puesto. Obviamente para vivir la plena
comunión tampoco los sacerdotes de las Comunidades que siguen el
uso antiguo pueden, en principio, excluir la celebración según
los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el
reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la
exclusión total del mismo.
En
conclusión, queridos Hermanos, quiero de todo corazón subrayar
que estas nuevas normas no disminuyen de ningún modo vuestra
autoridad y responsabilidad ni sobre la liturgia, ni sobre la
pastoral de vuestros fieles. Cada Obispo, en efecto es el
moderador de la liturgia en la propia diócesis (cfr.
Sacrosanctum Concilium, n. 22: “Sacrae Liturgiae
moderatio ab Ecclessiae auctoritate unice pendet quae quidem est
apud Apostolicam Sedem et, ad normam iuris, apud Episcoporum”).
Por tanto,
no se quita nada a la autoridad del Obispo cuyo papel será
siempre el de vigilar para que todo se desarrolle con paz y
serenidad. Si surgiera algún problema que el párroco no pueda
resolver, el Ordinario local podrá siempre intervenir, pero en
total armonía con cuanto establecido por las nuevas normas del
Motu Proprio.
Además os
invito, queridos Hermanos, a escribir a la Santa Sede un informe
sobre vuestras experiencias tres años después de que entre en
vigor este Motu Proprio. Si vinieran a la luz dificultades
serias se buscarían vías para encontrar el remedio.
Queridos
Hermanos, con ánimo agradecido y confiado, confío a vuestro
corazón de Pastores estas páginas y las normas del Motu Prorpio.
Recordemos siempre las palabras que el Apóstol Pablo dirigió a
los presbíteros de Efeso “Tened cuidado de vosotros y de toda la
grey, en medio de la cual os ha puesto el Espíritu Santo como
vigilantes para pastorear la Iglesia de Dios, que él se adquirió
con la sangre de su propio Hijo” (Hechos 20,28).
Confío a
la potente intercesión de María, Madre de la Iglesia, estas
nuevas normas e imparto de corazón mi Bendición Apostólica a
Vosotros, queridos Hermanos, a los párrocos de vuestras diócesis
y a todos los sacerdotes, vuestros colaboradores, así como a
todos vuestros fieles.
Dado en
San Pedro, el 7 de Julio 2007.
BENEDICTUS
PP. XVI
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